Preguntas Frecuentes

Acá podrá encontrar respuesta a preguntas que pueden surgir acerca de nuestros servicios

Pruebas Poligráficas

Es una técnica que por medio del monitoreo de las reacciones psicofisiológicas permite conocer si una persona responde verídicamente a una o varias preguntas específicamente.
La prueba poligráfica tiene un sinnúmero de aplicaciones, entre las más importantes están las relacionadas con la administración de personal, donde permite por medio de pruebas pre-empleo conocer más de cerca a personas que se adhiere a la organización (si consume sustancias psicoactivas, si ha participado en actividades delictivas, si ha participado en fraudes), ayudando a la selección del mejor talento humano, otra aplicación es la rutinaria que se aplica a puestos sensibles o de responsabilidad y en caso de acciones delictivas se puede realizar la prueba evidenciara o específica con relación a hechos materia de investigación.
La técnica bajo la cual se determina si una persona responde verídicamente frente a cuestionamientos particulares se llama poligrafía y se realiza por medio de un conjunto de elementos tecnológicos entre ellos el polígrafo.
Tienes un 94% de confiabilidad frente al cuestionamiento de un acontecimiento en particular.

Accidentes de Tránsito

La documentación de un lugar de hechos es uno de los aspectos básicos para la investigación judicial (López Calvo, 2004), ya que permite reconstruir los hechos sucedidos allí, de una manera fehaciente (Jiménez Medina, 2009). Al examinar las características físicas del lugar de los hechos se pueden ratificar o desvirtuar pruebas testimoniales-técnicas sobre una actuación, “pues es aquí donde se busca, identificar, preservar, recolectar y se registrar en documentos los elementos materiales de prueba, pues son la fuente probatoria que genera esa perspectiva objetiva de lo ocurrido al investigador de las circunstancias de modo, tiempo y lugar del delito o hecho punible” (Jiménez Medina, 2009,13); para ello se cuenta con la realización de una infografía de accidente de tránsito, conocida procesalmente como la reconstrucción de accidente de tránsito.

Dictámenes Periciales

Primero que todo es un medio de prueba que permite verificar hechos que interesan en un proceso y que requieren especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos. Artículo 226 del Código General del Proceso –CGP-.

El artículo 226 del Código General del Proceso –CGP-. determina que el dictamen suscrito por el perito deberá contener como mínimo:
  1. La identidad de quien rinde el dictamen y de quien participó en su elaboración.
  2. La dirección, el número de teléfono, número de identificación y los demás datos que faciliten la localización del perito.
  3. La profesión, oficio, arte o actividad especial ejercida por quien rinde el dictamen y de quien participó en su elaboración. Deberán anexarse los documentos idóneos que lo habilitan para su ejercicio, los títulos académicos y los documentos que certifiquen la respectiva experiencia profesional, técnica o artística.
  4. La lista de publicaciones, relacionadas con la materia del peritaje, que el perito haya realizado en los últimos diez (10) años, si las tuviere.
  5. La lista de casos en los que haya sido designado como perito o en los que haya participado en la elaboración de un dictamen pericial en los últimos cuatro (4) años. Dicha lista deberá incluir el juzgado o despacho en donde se presentó, el nombre de las partes, de los apoderados de las partes y la materia sobre la cual versó el dictamen.
  6. Si ha sido designado en procesos anteriores o en curso por la misma parte o por el mismo apoderado de la parte, indicando el objeto del dictamen.
  7. Si se encuentra incurso en las causales contenidas en el artículo 50, en lo pertinente.
  8. Declarar si los exámenes, métodos, experimentos e investigaciones efectuados son diferentes respecto de los que ha utilizado en peritajes rendidos en anteriores procesos que versen sobre las mismas materias. En caso de que sea diferente, deberá explicar la justificación de la variación.
  9. Declarar si los exámenes, métodos, experimentos e investigaciones efectuados son diferentes respecto de aquellos que utiliza en el ejercicio regular de su profesión u oficio. En caso de que sea diferente, deberá explicar la justificación de la variación.
  10. Relacionar y adjuntar los documentos e información utilizados para la elaboración del dictamen.
En cada área del conocimiento es susceptible que los expertos puedan emitir los correspondientes dictámenes periciales como por ejemplo : Infografía accidente de tránsito, medicina y psicología forense, evidencia digital e informática forense, auditoría contable forense, entre otras.
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